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Dr. Dino González C. Médico Cirujano U. de los Andes
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Términos de Telemedicina

Esta página describe el alcance promocional e informativo del sitio web y las condiciones generales para coordinar una atención médica remota.

Última actualización: 22 de julio de 2026.

Separación importante: la página web sirve para informar, orientar y facilitar contacto. La consulta médica, la emisión de recetas, órdenes, certificados o Licencia Médica Electrónica, y el registro clínico correspondiente se realizan durante la atención médica y mediante los sistemas clínicos internos del profesional.

1. Naturaleza del Sitio Web

Este sitio es una página promocional e informativa del servicio de telemedicina del Dr. Dino Alberto González Carvajal, médico cirujano, Registro SIS N° 3636.

La información publicada no constituye diagnóstico, tratamiento personalizado ni reemplaza una consulta médica.

2. Coordinación de la Atención

La coordinación inicial puede realizarse mediante la agenda propia del sitio, WhatsApp, correo electrónico o los demás canales informados. La agenda muestra disponibilidad real y registra la hora solo después de una confirmación satisfactoria.

La modalidad de contacto —videollamada por WhatsApp, llamada telefónica o a coordinar— se acuerda según la necesidad de la atención.

3. Evaluación Clínica Remota

La telemedicina permite evaluar múltiples motivos de consulta de medicina general. Antes de iniciar, el paciente debe recibir información suficiente sobre la modalidad y consentir la atención a distancia. No todos los problemas de salud son adecuados para atención remota.

El médico puede recomendar atención presencial, derivación, exámenes, control posterior o acudir a urgencia si el caso lo requiere.

4. Documentos Médicos

El Dr. Dino González, como médico cirujano habilitado, puede emitir documentos médicos legales durante la consulta cuando corresponda según evaluación clínica y normativa aplicable.

  • Recetas médicas simples o retenidas, según indicación y pertinencia clínica.
  • Órdenes de exámenes cuando sean necesarias para estudio, seguimiento o control.
  • Certificados médicos cuando la situación clínica lo justifique.
  • Licencia Médica Electrónica (LME) cuando corresponda según evaluación y criterios médicos.

La emisión de estos documentos no es automática por solicitar una consulta; depende siempre de la evaluación médica.

5. Urgencias y Límites

La telemedicina no está destinada a reemplazar servicios de urgencia. Ante dolor torácico intenso, dificultad respiratoria, pérdida de conciencia, signos neurológicos agudos, trauma importante, riesgo vital, ideación suicida u otra situación grave, se debe acudir de inmediato a un servicio de urgencia presencial o llamar al 131.

6. Responsabilidad del Paciente

El paciente debe entregar información verdadera y completa, informar antecedentes relevantes, alergias, medicamentos, enfermedades previas y cualquier cambio importante de su estado de salud.

También debe contar con conexión, dispositivo y condiciones mínimas de comunicación para realizar la atención remota.

7. Pagos, Boleta y Reembolsos

Las condiciones de pago, emisión de boleta y eventuales reembolsos se informan durante la coordinación. La posibilidad de reembolso depende de la previsión, plan de salud, Isapre, Fonasa u otra entidad correspondiente.

8. Cambios del Servicio

La información del sitio puede actualizarse para reflejar cambios de horario, canales de contacto, condiciones operativas, normativa o mejoras del servicio.

Fuentes oficiales: Ley N° 20.584, Circular N° 514 sobre telemedicina y Norma Técnica N° 237.

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Versión del sitio: Web v2.1.3

Sitio informativo y de coordinación. La atención clínica y emisión de documentos se realiza durante la consulta médica.

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